Background Image
Table of Contents Table of Contents
Previous Page  68 / 210 Next Page
Information
Show Menu
Previous Page 68 / 210 Next Page
Page Background

Guía práctica-jurídica sobre aplicación de los delitos contra el orden público

67

conllevar una intimidación grave o una violencia. Ello se desprende

literalmente de la Consulta 1/2017, de la FGE, de 14 de junio, sobre

las acciones típicas en el delito de atentado, la cual dice que:

«La resistencia, para que merezca la calificación de aten-

tado debe venir acompañada de violencia o intimidación

grave, por lo que la resistencia meramente pasiva sigue

integrándose en la figura más benigna del art. 556 CP»

17

.

Si bien esto queda expuesto de forma clara, se nos vienen a la cabeza

numerosos supuestos en los que la incertidumbre jurídica lleva a plan-

tearnos diversidad de criterios y de tipificaciones. Como consecuencia

de ello, se realizó la Consulta arriba mencionada, la cual nos va a servir

de gran ayuda para dar respuesta a multitud de supuestos casuísticos.

Entre otros supuestos de incertidumbre jurídica, nos referimos a aque-

llos en los que la intimidación grave, por ejemplo, no suponga el ejer-

cicio de fuerza. Tras numerosos y diferentes planteamientos, se llega

a la conclusión de que en estos casos, siempre que nos encontremos

ante una intimidación grave que no suponga el ejercicio de una fuerza,

pero que sí supongan un acto formal de iniciación del ataque o de movi-

mientos reveladores del propósito agresivo, se viene a considerar como

un delito de atentado del artículo 550 CP, si bien es cierto que el verbo

nuclear cambia, ya que no hacemos referencia a la resistencia activa

grave, sino que nos centramos en el verbo nuclear de acometimiento.

Tal y como se desprende de la citada Consulta 1/2017, de la FGE,

de 14 de junio, se citan como ejemplos de esta posible intimidación

grave constitutiva de delito de atentado en relación con su verbo nu-

clear de acometimiento:

«La intimidación consistente en encañonar a un agente

con un arma, sin que sea necesario que venga acompañada

de resistencia grave […]»

«Los supuestos en que con tal propósito se esgrime una

navaja o un cuchillo, se encañona a un agente, se dispara

con una pistola, se empuña un machete, etc.»

18

.

17 Disponible en:

https://www.seguridadpublica.es/wp-content/uploads/2017/06/Consulta_1-2017.pdf

18 Disponible en:

https://www.seguridadpublica.es/wp-content/uploads/2017/06/Consulta_1-2017.pdf