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Guía práctica-jurídica sobre aplicación de los delitos contra el orden público

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Pero, ¿qué factores nos va a determinar la gravedad de la desobe-

diencia ante una orden o mandato? Lo cierto es que pueden ser muy

variados y diferentes, de modo que suscribe se van a recopilar los más

importantes y relevantes, si bien, se quiere dejar igualmente patente,

que, en todo caso, habrá que estar al caso concreto y particularizado,

no debiendo generalizar, ya que, es precisamente eso lo que puede

llevar a errar. Pues bien, una vez dicho esto, los principales factores a

tener en cuenta son:

·

En primer lugar, la persistencia en la negativa a la realización de

la orden o mandato, reiterada en varias ocasiones.

·

La categoría de la autoridad, agente o en su caso personal de

seguridad privada.

·

La importancia y relevancia que pueda llegar a tener es orden o

mandato, así como lo que pueda llevar aparejado su incumpli-

miento.

·

La intensidad con la que se opone el sujeto activo a la realización

de la misma.

·

Por último, el mayor o menor desmerecimiento que haya podido

causar ese incumplimiento a la autoridad, agente o personal de

seguridad privada en su caso.

Visto una vez esto, para su consideración como grave hace falta una

cierta actitud de rebeldía, que se evidencie de forma clara y determi-

nada, así como la negativa persistente a la realización de las órdenes

o mandatos, pero, ¿cómo han de ser esas órdenes o mandatos? ¿Han

de cumplir igualmente una serie de requisitos? La respuesta es que sí,

y van a ser los siguientes:

·

Han de ser de hacer o no hacer.

·

Han de llevar consigo un contenido de forma concreta, no dejan-

do lugar a dudas o interpretaciones por parte del receptor de la

misma.