Actuación policial ante la usurpación pacífica de inmuebles que no constituyen morada
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permanencia. En estos casos, independientemente del tiempo que lle-
ve o pretenda quedarse, lo importante es la intención de quedarse,
es decir, no estar circunstancialmente en el lugar, sino entrar para
permanecer allí, lo que habrá que deducir en base a indicios como los
enseres que hayan transportado, cambio de cerraduras, conexión a
suministros de agua y electricidad, etc. (SAP Madrid, 15, 21 octubre
2002; y SAP Madrid, 17, 28 septiembre 2010).
2.2
Apreciación de la eximente de estado de necesidad
Una estrategia de los usurpadores puede ser alegar el es-
tado de necesidad para lograr la absolución.
La eximente se puede aplicar en casos justificados, como el que se
enjuicia en la SAP Madrid, 17, 17 octubre 2014 en que dos personas
en situación de indigencia que perciben una renta mínima de 500
euros al mes como único ingreso y tienen dos hijos de 9 y 6 años de
edad a su cargo estando la mujer embarazada de un tercero, después
de encontrase viviendo en la calle rompieron el cristal de una venta-
na y ocuparon una vivienda, introduciendo muebles y cambiando la
cerradura. En el momento del juicio llevaban residiendo 20 meses,
pagando luz y agua sin que les dieran recibos, no tenían título alguno
para ocupar el inmueble, y estaban limitados para encontrar trabajo
porque no sabían leer ni escribir.
La SAP Madrid, 3, 15 junio 2021 establece que en aplicación de los
requisitos jurídicos del estado de necesidad y con referencia a las si-
tuaciones de estrechez económica la jurisprudencia viene exigiendo
no sólo acreditar cumplidamente la situación, sino justificar que se
ha acudido a las instituciones de protección social y que no existe
otro modo menos lesivo para hacer frente a esa necesidad angustiosa.
Sin embargo, algunas resoluciones declaran incompatible el estado
de necesidad con el delito de usurpación, pues éste implica una vocación
de permanencia propia de quien pretende satisfacer sus necesidades de
vivienda de forma indefinida (SAP San Sebastián, 3, 26 octubre 2020).
Puede concluirse que la eximente de estado de necesidad, a pesar
de la frecuencia con que se invoca es aplicada de forma restringida