P
ara entender la lucha contra el blanqueo de capitales que
se despliega en nuestro ordenamiento jurídico, resulta
necesario comprender los orígenes del fenómeno, las
ubicaciones geográficas donde surgieron los primeros
casos, el papel que juega España en el mapa internacio-
nal que el blanqueo de capitales ha ido dibujando desde que se erigió
en un problema con dimensiones internacionales; pero, sobre todo, re-
conocer que a nivel policial se debe ensanchar el campo de visión ante
este fenómeno.
La organización criminal sigue siendo el
nudo gordiano
y motor de las
operaciones de blanqueo. Las estructuras delictivas son las que ge-
neran las ganancias ilícitas y las que promueven las operaciones de
blanqueoa finde introducir sus beneficios en la economíademercado
legal. Pero si la organización es el detonador, la persona jurídica sería
el cableado a través del que inyectar las ganancias en la economía de
mercado.
La Policía Nacional ha sido pionera detectando las empresas pan-
tallas que las organizaciones criminales han utilizado para convertir
los bienes procedentes del delito. Pero cada vez más las grandes
estructuras delictivas utilizan sociedades con actividad legal, despa-
chos profesionales y asesores, como personal hipercualificado que,
alternan su actividad legal, con el asesoramiento a estas estructuras
delictivas. Actualmente y desde la Ley 10/2010, de 28 de abril, de pre-
vención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, se
desarrollan los sistemas de
compliance
, y se complementa la acción
punitiva del C.P. con la sancionadora administrativa.