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El blanqueo de capitales en la persona jurídica: evolución normativa

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Dado que el reto fue titánico, en determinadas etapas, el delito de

blanqueo de capitales adoptó una extensión desmesurada, pisando

terreno a otros tipos delictivos eficientes, tales como la receptación.

Es entendible este fenómeno. Los organismos internacionales reco-

mendaban la expansión del tipo y el acervo comunitario se hacía eco

de la demanda. Por otra parte, el legislador nacional, ante problemas

relevantes, ha tendido a legislar de manera de manera utilitarista y ha

dado forma voraz a un tipo delictivo necesario para frenar la expan-

sión de la delincuencia organizada.

Actualmente, existe un panorama más complejo e interesante. Se

legisla preventivamente en torno al fenómeno del blanqueo de capi-

tales. A nivel empresarial, se pena tanto la conducta en nombre o re-

presentación de la persona jurídica como las acciones de cualquier

empleado, siempre que la compañía no contase con debidos sistemas

de compliance.

Las medidas de supervisión y control de las conductas de riesgo

ante el blanqueo de capitales (sistemas de compliance) vienen descri-

tas en la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de

capitales y la financiación del terrorismo. Además de estas medidas,

se apunta a los sujetos obligados, la autoridad de control y los meca-

nismos de comunicación de operaciones sospechosas. Recientemente

se ha añadido el fichero de titularidades financieras. Se cierra así la

acción de la justicia, pues un incumplimiento grave en los sistemas

de compliance que permita una operación de blanqueo da lugar a la

imputación del delito a la propia persona jurídica; un incumplimiento

sin más da lugar a responsabilidad administrativa.

Al legislador no se le ha pasado por alto el hecho de que la persona

jurídica es el arma más sofisticada con la que cuenta la organización

criminal para ocultar, transformar y hacer reflotar las ganancias pro-

cedentes del delito en forma de bienes de mercado; de ahí que centre

sus esfuerzos en crear una verdadera cultura de compliance que evite

el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo mediante es-

tas prácticas.