CIENCIA
POLICIAL
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algún tipo de represalia contra él, si demuestra que la comunicación
cumple las previsiones legales, será quién haya adoptado la medida
contra él que la adoptó por motivos que no tenían nada que ver con
dicha comunicación.
Como es lógico, la ley no solo establece medidas de protección para
los informantes, sino también para las personas afectadas, es decir,
aquellas a las que afecta la información o la denuncia. En concreto el
artículo 39 dispone que: «Durante la tramitación del expediente las
personas afectadas por la comunicación tendrán derecho a la presun-
ción de inocencia, al derecho de defensa y al derecho de acceso al
expediente en los términos regulados en esta ley, así como a la misma
protección establecida para los informantes, preservándose su iden-
tidad y garantizándose la confidencialidad de los hechos y datos del
procedimiento».
Respecto a las personas que hayan participado en la comisión de la
infracción, se incluye una eximente de la responsabilidad, o una ate-
nuante, si se cumplen los requisitos que recoge el artículo 40, cuando
sea ella la que informe y lo haga antes de la apertura del procedimien-
to de investigación con la correspondiente notificación y haya cesado
en la comisión de la infracción y colabore activamente y facilitando in-
formación sobre los hechos o repare el daño ocasionado. Si no se cum-
plen plenamente los requisitos, podrá ser apreciada como atenuante.
Por último, hay que señalar que las medidas de apoyo al informan-
te serán prestadas por la Autoridad Independiente de Protección del
Informante (A.A.I..) o la respectiva de las comunidades autónomas.
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Régimen sancionador de la Ley
La ley recoge en el T. IX el régimen sancionador aplicable por
el incumplimiento de las obligaciones previstas en la misma, pudiendo
ser sujetos responsables las personas físicas o jurídicas que cometan
cualquiera de las infracciones tipificadas en el artículo 63. El procedi-
miento sancionador sigue las reglas generales establecidas en la Ley
40/2015, del sector público, y la Ley 39/2015, del Procedimiento Ad-
ministrativo Común.