CIENCIA
POLICIAL
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búsqueda ofrece una multitud de resultados entre los que resulta im-
posible realizar una selección, la única fórmula que queda para iden-
tificar al usuario de Internet que ha publicado su deseo o intención de
suicidio es a través de la solicitud a la ISP
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correspondiente de los da-
tos del cliente o abonado que tenía asignado el número de IP empleado
en la conexión, en la fecha y hora concreta de un determinado huso
horario, información previamente facilitada por la compañía titular
del espacio web donde se realiza dicha publicación. Para conocer cuál
es la ISP a la que se ha de dirigir la petición, se recomienda consultar
la página
www.ripe.es, correspondiente al Registro Regional de Inter-
net en Europa, Oriente Medio y Asia Central (RIPE NCC, s. f.).
El número IP es considerado por el legislador un dato asociado al
contenido de las comunicaciones y, por tanto, para poder obtener in-
formación del mismo se requiere autorización judicial. Así consta en
el artículo 588 ter K de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (en adelante
LECrim), tras la modificación introducida por la Ley Orgánica 13/2015,
de 5 de octubre, para el fortalecimiento de las garantías procesales y
la regulación de las medidas de investigación tecnológica (España. Je-
fatura del Estado, 2015; España. Ministerio de Gracia y Justicia, 1882).
La Ley 25/2007, de 18 de octubre, de conservación de datos rela-
tivos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de co-
municaciones, establece entre los datos objeto de conservación en su
artículo 3.1 a) 2º iii) que «El nombre y dirección del abonado o del
usuario registrado al que se le ha asignado en el momento de la comu-
nicación una dirección de Protocolo de Internet (IP)» y, en su artículo
6.1, determina que «Los datos conservados de conformidad con lo dis-
puesto en esta Ley sólo podrán ser cedidos de acuerdo con lo dispuesto
en ella para los fines que se determinan y previa autorización judicial»
(España. Jefatura del Estado, 2007).
Conforme a lo anterior, surge la duda de si procede que un juez au-
torice la medida al no conllevar,
per se
, la conducta suicida la comisión
de un acto delictivo. A fin de solventar esta cuestión se entrevista a
Elvira Tejada de la Fuente, fiscal de Sala de Criminalidad Informática
de la Fiscalía General del Estado, y a María Martín Martín de la Es-
calera, fiscal adscrita a la anterior, quienes participan que no existe
regulación específica sobre la materia y explican que la conducta sui-
7 Internet Service Provider: compañía proveedora de servicio de acceso a Internet.