CIENCIA
POLICIAL
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de esta agravante en estas agresiones en virtud de los principios
de legalidad, tipicidad y seguridad jurídica (artículo 9.3 y 25 de la
Constitución)
Para motivar y ahora aplaudir desde este artículo, la modificación
del artículo 22.4 CP, y así permitir que tengan cabida las agresiones
producidas por aporofobia, nos basaremos en las siguientes funda-
mentaciones:
Motivaciones criminológicas, referidas a características de auto-
res y víctimas.
Explicaciones jurídicas, basadas en el principio de igualdad y no
discriminación, recogido en el artículo 14 de la Constitución. La de-
lincuencia basada en algún tipo de discriminación, merece mayor re-
proche penal, ya que se vulnera el principio de igualdad, que es el
fundamento del Estado Social y Democrático de Derecho, art 1 y 9.2
CE. Al no recogerse la aporofobia como causa de discriminación, se
producía una merma a dicho principio. (BUSTOS RUBIO, 2020, p 6).
Legislación comparativa, se va a realizar una argumentación ba-
sada en las causas de discriminación que recogen la Declaración
Universal de los Derechos Humanos de 10 de diciembre de 1948, que
expresamente recoge como causa de discriminación la posición eco-
nómica; el Protocolo nº 12 del Convenio Europeo para la protección de
los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales de 4 de no-
viembre de 1950, también establece la prohibición de discriminación
por la fortuna; la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión
Europea de 12 de diciembre de 2007, recoge y prohíbe la discrimina-
ción motivada por el patrimonio de una persona.
Por todo lo anterior, más la propuesta realizada por la Comisión
de Justicia del Senado el 11 de septiembre de 2017, se considera que
la aporofobia debería estar integrada en este apartado del artículo 22
como causa agravante de la responsabilidad criminal.
¿Es de aplicación la agravante del Artículo 22.8 de ser reincidente
en las agresiones motivadas por aporofobia? El artículo 22.8 CP, exige
cuatro requisitos: que haya condena previa firme y ejecutoria; que el
delito se encuentre en el mismo título y tenga la misma naturaleza;