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La suplantación de identidad. Tipologías y respuesta jurídico-penal

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Conclusiones

La delincuencia está migrando hacia el mundo virtual, siendo

el escenario donde tocará dar la batalla por el mantenimiento de un

ecosistema cibernético seguro. Los datos analizados nos muestran una

tendencia ascendente en la incidencia de los delitos informáticos, en

torno a los que gira las nuevas formas de suplantación. El cada vez

mayor uso de las redes, acelerado en estos tiempos de pandemia que

sufrimos, no hace sino provocar un crecimiento exponencial de estas

prácticas, que pondrán (y ponen ya) a prueba la capacidad de adapta-

ción de nuestras instituciones.

En los próximos años veremos si estas instituciones, están prepara-

das para los vertiginosos cambios que sufrimos, que nos dirigen inexo-

rablemente hacia una modificación en nuestros hábitos, pero también

en un cambio en las conductas criminales. Se han analizado los instru-

mentos legislativos con los que contamos para perseguir estas conduc-

tas. Parece que realmente existen vías de encaje penal de la mayoría de

los supuestos de suplantación recopilados en este trabajo.

Entonces, ¿se debería crear un nuevo delito específico de suplan-

tación en el entorno digital? Considero que no es una solución mágica

a esta problemática, pero sí una manera de facilitar la calificación

de algunas conductas ambiguas, o de suplir la falta de aplicabilidad

del estudiado art. 401 CP. Es posible que la inclusión de un tipo penal

específico para la suplantación digital permita anteponer la barrera

punitiva de algunas prácticas defraudadoras en Internet, que solo son

castigadas una vez se ha producido el perjuicio patrimonial.

También debemos preguntarnos si realmente todas las conductas

suplantadoras revisten la gravedad suficiente como para que exista un

reproche penal (creación de perfiles falsos). Quizás deben fomentarse

otras vías para supuestos de escasa relevancia, como la vía administra-

tiva que nos habilita la LOPD o la vía civil. Ensanchar excesivamente

los tipos penales, puede provocar que las conductas realmente graves

no se persigan de manera eficaz, y se provoque un desbordamiento

indeseado de las causas penales e investigaciones.