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CIENCIA

POLICIAL

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rán a lo largo del año en fechas previstas en el Reglamento, hasta

un máximo de seis pagos anuales, tras la presentación de las decla-

raciones de gastos realmente ejecutados, justificados y verificados.

Las autoridades intervinientes y beneficiarios del Fondo son las siguientes:

·

Autoridad de Gestión del FSI, la Subdirección General de Planifi-

cación y Gestión de Infraestructuras y Medios para la Seguridad,

de la Secretaría de Estado de Seguridad, Ministerio del Interior.

·

Autoridad de Auditoría, la Oficina Nacional de Auditoría (ONA)

de la Intervención General de la Administración del Estado.

·

Los beneficiarios del fondo, las distintas Direcciones y Subdirec-

ciones Generales del Ministerio del Interior, las Policías autonó-

micas y las empresas privadas con actividades en seguridad

Como se aprecia en el anterior cuadro financiero, el programa se

estructura sobre los tres objetivos específicos y comunes del fondo, los

cuales recogen las siguientes medidas:

Objetivo específico 1: intercambio de información

Se recogen a continuación:

a) Asegurar la aplicación uniforme del acervo de la Unión en el

ámbito de la seguridad, mediante el apoyo al intercambio de in-

formación pertinente, por ejemplo, a través de Prüm, registros

de nombres de pasajeros de la UE y SIS II, aplicando las recomen-

daciones de los mecanismos de evaluación y control de calidad,

como el mecanismo de evaluación y seguimiento de Schengen u

otros mecanismos de evaluación y control de calidad.

b) Crear, adaptar y mantener los sistemas de información de la UE

y descentralizados que sean pertinentes en materia de seguridad,

en particular garantizando su interoperabilidad, y desarrollar he-

rramientas adecuadas para resolver los problemas detectados.

c) Aumentar el uso activo de sistemas de información de la UE y des-

centralizados que sean pertinentes en materia de seguridad, velan-

do para que dichos sistemas sean provistos de datos de alta calidad.