CIENCIA
POLICIAL
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rán a lo largo del año en fechas previstas en el Reglamento, hasta
un máximo de seis pagos anuales, tras la presentación de las decla-
raciones de gastos realmente ejecutados, justificados y verificados.
Las autoridades intervinientes y beneficiarios del Fondo son las siguientes:
·
Autoridad de Gestión del FSI, la Subdirección General de Planifi-
cación y Gestión de Infraestructuras y Medios para la Seguridad,
de la Secretaría de Estado de Seguridad, Ministerio del Interior.
·
Autoridad de Auditoría, la Oficina Nacional de Auditoría (ONA)
de la Intervención General de la Administración del Estado.
·
Los beneficiarios del fondo, las distintas Direcciones y Subdirec-
ciones Generales del Ministerio del Interior, las Policías autonó-
micas y las empresas privadas con actividades en seguridad
Como se aprecia en el anterior cuadro financiero, el programa se
estructura sobre los tres objetivos específicos y comunes del fondo, los
cuales recogen las siguientes medidas:
Objetivo específico 1: intercambio de información
Se recogen a continuación:
a) Asegurar la aplicación uniforme del acervo de la Unión en el
ámbito de la seguridad, mediante el apoyo al intercambio de in-
formación pertinente, por ejemplo, a través de Prüm, registros
de nombres de pasajeros de la UE y SIS II, aplicando las recomen-
daciones de los mecanismos de evaluación y control de calidad,
como el mecanismo de evaluación y seguimiento de Schengen u
otros mecanismos de evaluación y control de calidad.
b) Crear, adaptar y mantener los sistemas de información de la UE
y descentralizados que sean pertinentes en materia de seguridad,
en particular garantizando su interoperabilidad, y desarrollar he-
rramientas adecuadas para resolver los problemas detectados.
c) Aumentar el uso activo de sistemas de información de la UE y des-
centralizados que sean pertinentes en materia de seguridad, velan-
do para que dichos sistemas sean provistos de datos de alta calidad.