CIENCIA
POLICIAL
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porte y de los recursos energéticos, reduciendo la brecha digital entre
los territorios y la sostenibilidad de la economía. El anteproyecto de
la ley trae importantes innovaciones al marco actual. Sobre todas ellas
destaca la regulación de los servicios de comunicación interpersonales
no basados en numeración o los servicios de mensajería, a los que,
en materia de inscripción registral, se les impone esta obligación de
inscripción, conservación de datos, adopción de medidas de seguridad
concretas o el abono de una tasa administrativa.
Con implicación directa en la seguridad, se regula la posibilidad
de que la Administración General del Estado realice la gestión di-
recta o la intervención de las redes y servicios de comunicaciones
electrónicas en determinados supuestos excepcionales que puedan
afectar al orden público, la seguridad pública y la seguridad nacional,
introduciendo determinadas medidas contenidas en el Reglamento
(UE) 2015/2120, del Parlamento Europeo y del Consejo (Parlamento
Europeo y Consejo, 2015), por el que se establecen medidas en rela-
ción con el acceso a una internet abierta y en la Recomendación (UE)
2019/534, de la Comisión, sobre ciberseguridad de las redes 5G (Co-
misión Europea, 2019).
Igualmente, realiza una clasificación de los distintos servicios de
comunicaciones electrónicas, que busca hacer homogéneas las obli-
gaciones aplicables a todos los operadores, imponiendo compromisos
similares a servicios semejantes (
level playing field
), lo que traerá
nuevas responsabilidades a prestadores de servicios de comunicacio-
nes interpersonales basados en numeración o independientes de esta
(Skype, WhatsApp), que venían compitiendo con los operadores tradi-
cionales, pero quedando sometidos a una menor carga regulatoria, lo
que además en determinados casos suponía una injustificada despro-
tección de los derechos de los usuarios.
Asimismo, refuerza el funcionamiento del número 112 como número
de llamada de emergencia a escala europea, estableciendo obligacio-
nes de accesibilidad para personas con discapacidad e introduciendo
la posibilidad de enviar, a través del mismo, mensajes de alerta a la
población. Por último, se establecen aquellos servicios de telecomuni-
caciones que tienen la consideración de servicio público, como son los
servicios de telecomunicaciones para la defensa nacional, seguridad
pública, seguridad vial y protección civil.