CIENCIA
POLICIAL
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los sistemas de información, que encontró su transposición en la refor-
ma del Código Penal vía LO 5/2010, de 22 de junio.
Finalmente, se aprobó la Directiva Europea 2013/40/UE del Parla-
mento Europeo y del Consejo, de 12 de agosto de 2013, relativa a los
ataques contra los sistemas de información, que se tradujo en la LO
1/2015, de 30 de marzo, por la que se reformó el Código Penal, con
avances otra vez en el campo de la cibercriminalidad, especialmente
en lo referente a los delitos de descubrimiento y revelación de secretos
o daños informáticos, entre otros.
Las Leyes Orgánicas 1 y 2/2015, vinieron a crear, definir y modifi-
car los tipos penales que configuran el ámbito de la cibercriminalidad,
como son los delitos de descubrimiento y revelación de secretos, de
daños informáticos, de pornografía infantil, los delitos contra la pro-
piedad intelectual, de terrorismo y los delitos de odio.
En materia de protección de datos, donde en la UE exista una profu-
sa regulación, la suplantación de identidad no es otra cosa que lo que
en su propia terminología se define como «tratamiento de datos per-
sonales sin consentimiento del titular». Su normativa culmina con la
aprobación del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las per-
sonas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales
y a la libre circulación de estos datos, que deroga a la pionera Directiva
95/46/CE. A nivel interno, se concreta actualmente en la reciente Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales
y Garantía de los Derechos Digitales.
A diferencia de EE. UU., donde se focaliza la protección en la inte-
gridad de los datos de identidad, en Europa se ha preferido incidir,
hasta ahora, en un conjunto de bienes jurídicos más amplios, como es
la integridad de los sistemas informáticos y de los datos personales en
el entorno digital.
Las diferentes Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, como no puede ser
de otra manera, no son ajenas a ello, y trabajan haciéndose eco de
todas estas actividades nocivas, queriendo volverse protagonistas, no
solo en la lucha contra los suplantadores, sino en la concienciación de
la ciudadanía en el campo de la prevención, como camino más efectivo
para hacer frente al fenómeno de la suplantación de identidad.