CIENCIA
POLICIAL
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La identidad como derecho. Situación jurídica
En la Convención de Naciones Unidas sobre Derechos del Niño,
de 20 de noviembre de 1989, art. 8, se establece que «los Estados
Partes se comprometen a respetar el derecho del niño a preservar su
identidad, incluidos la nacionalidad, nombre y relaciones familiares de
conformidad con la ley sin injerencias ilícitas».
En la legislación española, el concepto de identidad como derecho,
no aparece regulado de manera explícita. La Constitución española
no incluye una protección específica del derecho a la identidad perso-
nal. El art. 18.1 CE, que incluye el derecho a la intimidad personal y
familiar y propia imagen, es el que de forma más aproximada protege
el concepto de identidad frente a las vulneraciones de terceros. Tam-
bién el ejercicio de los derechos frente al uso de la informática, art.
18.4, atañe a la protección de la identidad en el ámbito digital. La STC
292/2000, de 30 de noviembre, se refiere a este precepto como «el
derecho fundamental a la protección de datos».
Esta ausencia regulatoria ha sido solo tímidamente suplida por le-
gislaciones autonómicas, que introducen en algunos casos la identidad
como derecho, como la comunidad valenciana, con su Ley 26/2018, de
21 de diciembre, de Derechos y Garantías de la Infancia y la Adolescen-
cia. Desde una perspectiva del desarrollo de la personalidad e identi-
dad de género, su articulado expresa que «las niñas, niños, y adoles-
centes tienen derecho a preservar y desarrollar su propia identidad
personal e idiosincrasia, incluida su identidad y expresión de género».
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Situación actual. Una realidad en auge
Son dos los escollos a los que hoy en día deben enfrentarse los
países para lidiar con estas nuevas formas delincuenciales relaciona-
das con la cibercriminalidad:
Primero, unos sistemas de leyes, principalmente penales, que no
contemplan estas nuevas formas de delinquir, que evolucionan rápi-