CIENCIA
POLICIAL
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En el punto 7 de la modificación del artículo 282 de la L.E.Cr., se-
ñala que, en el curso de una investigación llevada a cabo mediante
agente encubierto, el juez competente podrá autorizar la obtención
de imágenes y la grabación de las conversaciones que puedan mante-
nerse en los encuentros previstos entre el agente y el investigado, aun
cuando se desarrollen en el interior de un domicilio.
4.3
Registro Remoto
El cifrado de las comunicaciones es hoy en día, el mayor
problema que se encuentran los grupos de investigación, si hablamos
de interceptación de las comunicaciones. La encriptación, junto con
la difusión que se ha hecho en los medios de comunicación de las ca-
pacidades de los sistemas de interceptación, unido al auge del uso de
las nuevas aplicaciones de comunicación como WhatsApp, Telegram,
Viber, Skype, etc, que proporcionan servicios gratuitos de mensajería
instantánea, de llamadas de voz o videoconferencias, encriptadas de
extremo a extremo, han motivado un notable descenso en la intercep-
tación de las comunicaciones.
Debido a todo esto, y debido a la rapidez con la que avanzan las
nuevas tecnologías, las organizaciones criminales apenas utilizan la
telefonía móvil tradicional, SMS, o correos electrónicos IMAP o POP,
los cuales sí se podían interceptar en claro sin mayores dificultades,
en cambio, las nuevas tecnologías basadas en servicios Over-The-Top
(OTT), con una encriptación AES 256 en todo su recorrido, utilizan
servidores instalados en terceros países, haciendo prácticamente im-
posible acceder al contenido de las comunicaciones.
Para tratar de conseguir acceder al contenido de este tipo de co-
municaciones, se necesitará utilizar otro tipo de tecnologías, como es
la utilización de un software remoto instalado en el dispositivo móvil
del investigado, capaz de capturar el tráfico generado antes de que se
produzca la encriptación.
Para habilitar este tipo de prácticas o tecnologías a la hora de la
interceptación a través de la utilización de software remoto, el le-
gislador promulgó la Ley Orgánica 13/2015, de 5 de octubre, “de
modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para el fortaleci-