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Delitos de odio: análisis sobre la alta tasa de infradenuncia

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adecuadamente los delitos de odio (Nolan y Akiyama, 1999), es decir,

muchas veces veces solo se reporta el tipo base sin la discriminación

subyacente (Cronin

et al.,

2007; Pezzella

et al.,

2019). Otro problema

que se da en varios países es que cada agencia policial de un Estado usa

unos criterios específicos para clasificar los hechos motivados por odio

(Martin, 1996). Este último problema probablemente no se da en Espa-

ña porque existe un «Protocolo de Actuación de las Fuerzas y Cuerpos

de Seguridad para los delitos de odio» que estructura de forma clara el

tratamiento de las denuncias por los cuerpos policiales a nivel nacional.

Aparte de lo anteriormente citado, las víctimas también respondie-

ron en la encuesta que no denunciaron porque no sabían que era un

delito (20 %), tenían miedo a represalias (20 %) o porque lo conside-

raron un tema privado y lo solucionaron por sí mismos (14,36 %). De

hecho, varios autores han estudiado las causas por las que las víctimas

no denuncian a la Policía cuando sufren hechos delictivos, y estas son

de naturaleza múltiple (Greenberg y Beach, 2004), por lo que es nece-

sario estudiar sus interacciones.

De entre los resultados también cabe resaltar que un 31,81 % de

los encuestados no sabían que los delitos de odio son delitos

per se

, es

decir, que los hechos delictivos discriminatorios están tipificados en

el código penal español. Esto complica que la víctima interponga una

denuncia ya que, ante la duda, muchas personas pueden optar por no

ponerla (Pezzella

et al.,

2019). Además. Este aspecto podría incremen-

tar la tasa de infra denuncia porque quizá las víctimas piensan que

han sido víctimas de un delito de odio cuando en realidad en algunos

casos no lo hayan sido, sino que han sufrido un incidente de odio o una

ofensa de menor entidad. También puede darse el caso de que dentro

de ese 31,81 % no sepan con certeza si son parte de uno de los colec-

tivos vulnerables recogidos en una lista

numerus clausus

en el código

penal español. Por último, es posible que este resultado sea mayor en

ciertos colectivos, como por ejemplo personas con alguna discapacidad

(Thorneycroft y Asquith, 2015).

Otro resultado interesante del estudio, cercano a ser estadística-

mente significativo, es que cuando el autor tuvo sexo/género femenino

la tasa de denuncia cayó al 2,4 %. Wong y Van de Schoot (2012) de-

mostraron que cuando los autores son mujeres las víctimas tienden a

denunciar menos que cuando son hombres, aunque este resultado está

influenciado por la relación agresor-víctima ya que las mujeres suelen