CIENCIA
POLICIAL
106
nal de Victimización del Delito (NCVS) mostraron que la tasa de vic-
timizaciones por delitos de odio violentos en 2019 fue de 1,0 por cada
1000 personas de 12 años o más. En relación con las tasas de denuncia,
solo el 44 % de las victimizaciones por odio fueron denunciadas a la
Policía, aumentando en relación con la gravedad de la victimización.
En el contexto europeo, la Encuesta Internacional de Víctimas de
Delitos (ICVS) (Kesteren, 2016) mostró que, en 2004, y en promedio, el
2,8 % de la población de Europa Occidental dijo haber sido víctima de
un delito de odio. Los porcentajes más altos se encontraron en Francia,
Bélgica, el Reino Unido y los Países Bajos (por encima del 4 %) mientras
que en Finlandia, Italia, Portugal, Grecia y Austria las tasas fueron infe-
riores al 2 % (Van Dijk
et al.,
2008). Respecto a la población inmigran-
te, la ICVS 2005 mostró que el 10 % de la población había sido víctima
en comparación con el 2 % nativo, y aunque las diferencias varían entre
países, fueron significativas en la mayoría de ellos (Kesteren, 2016).
Por otro lado, la Agencia de los Derechos Fundamentales (European
Union Agency for Fundamental Rights; FRA) realiza con cierta periodi-
cidad encuestas de victimización. Éstas muestran que entre el 30 % y el
49 % de los encuestados habían sufrido alguna forma de acoso por pre-
juicio y entre el 9 y el 22 % habían sufrido violencia física en los cinco
años anteriores, aunque los valores dependían del colectivo vulnerable
concreto. En general, el 9 % había sufrido violencia física en los cinco
años anteriores mientras que el valor ascendía al 22 % si se pertene-
cía a una comunidad étnica, 19 % en relación con lesbianas,
gays
o
bisexuales y un 17 % para personas con discapacidad o un problema de
salud (FRA, 2021). Además, las encuestas de este organismo revelaron
altas tasas de infra denuncia, siendo alrededor del 70 % (FRA, 2021).
1.2
¿Cuáles son las razones para no denunciar?
Existen dos circunstancias principales que afectan a la infra
denuncia de los delitos de odio: por decisión propia de la víctima o por
una clasificación errónea de la Policía, no siendo tratada como tal (Hall,
2014). En España, posiblemente la primera opción es la que tiene una
mayor incidencia ya que cada vez los cuerpos policiales están cada vez
más formados en esta tipología delictiva. De hecho, esta formación no
solo se imparte a los alumnos de nuevo ingreso, sino que se ha incor-
porado en los cursos de ascenso y de especialización. Un ejemplo sería